- ¿Qué son los Planes de Medidas Antifraude? ¿Qué norma los regula?
Son una de las principales obligaciones que deben cumplir las administraciones y las licitadoras para obtener Fondo Europeos Next Generation, según la Orden Ministerial HFP/1030/2021 de 29 de septiembre que configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia (PRTR).
La Orden HFP/1030/2021 establece que “toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR deberá disponer de un Plan de medidas antifraude que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, la detección y la corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.”.
- ¿En qué consisten?
Son una especialidad del compliance en los delitos relativos a la Administración Pública, que deben establecer medidas para la detección y control del fraude, la corrupción y el conflicto de intereses.
Tienen que cumplir 7 puntos básicos:
DECLARACIÓN DE INTENCIONES. Mediante un documento de políticas de cumplimiento normativo anticorrupción.
SOLUCIÓN ORGANIZATIVA. El órgano de garantías.
FORMACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN. Periódica y debe ejecutarse en blogs.
DACI. Implementación de un documento de ausencia de conflicto de intereses.
EVALUACIÓN DEL RIESGO. Mapa de riesgos sobre delitos de cohecho, tráfico de influencias y malversación, entre otros.
RED FLAGS. Establecer las señales de alerta para minimizar el riesgo.
BUSTIA DE DENUNCIAS. Implementar un Buzón conforme Directiva Europea UE/2019/1937.
- ¿A qué actividades se destinan los Fondos Europeos Next Generation?
El Mecanismo de Transformación recuperación y Resiliencia, permitirán impulsar inversiones y reformas en los siguientes ámbitos de actuación de importancia europea estructurados en 6 pilares:
- Transición ecológica;
- Transformación digital;
- Crecimiento inteligente, sostenible e integrador, que incluya la cohesión económica, el empleo, la productividad, la investigación, el desarrollo y la innovación, y un mercado interior que funcione correctamente con pymes sólidas;
- Cohesión social y territorial;
- Salud y resiliencia económica, social e institucional para aumentar la preparación y capacidad de reacción ante crisis;
- Políticas para las generaciones futuras, la infancia y la juventud, tales como la educación y el desarrollo de capacidades.
- ¿Existen mecanismos de control para detectar si una empresa que accede a los Fondos Europeos no dispone de PMA? ¿Están previstas sanciones?
Si, además de los controles que ponga la administración que gestione los fondos, el sistema se vela desde los propios organismos de la UE a través de la Secretaría General de Fondos Europeos dependerán la Dirección General de Fondos Europeos, la Dirección General del Plan y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y un Gabinete Técnico.
El incumplimiento de los requisitos de acceso puede suponer tener que devolver los fondos y por tanto se tendrán que asumir los costes de esta restitución de fondos así como los intereses y posibles indemnizaciones que se puedan derivar.
- Si la actividad de la empresa licitadora no está vinculada a los Fondos Europeos Next Generation, ¿es obligatorio disponer de un Plan de Medidas Antifraude?
No, los PMA son obligatorios para todas aquellas licitaciones s en las que intervengan fondos europeos Next Generation, según lo que determina la OM1030/2021.
- ¿Es posible que en una licitación no vinculada a los Fondos Europeos se valore positivamente el hecho de disponer de PMA?
En estos momentos ya nos hemos encontrado con licitaciones que piden un Plan de prevención de riesgos penales o compliance, si bien todavía no es obligatorio, cada vez se ven más pliegos en los que el PMA o el Compliance es un mérito.
- ¿Qué administraciones públicas disponen de PMA y cuáles lo exigen a las empresas licitadoras?
Todas aquellas administraciones participen en la ejecución fondos europeos Next generation deben disponer de un plan de medidas antifraude dentro de los primeros 90 días desde que tengan la resolución por las que se les otorgan de los fondos. Todas esas administraciones deberán pedir un PMA a las licitadoras.
- ¿Cuál es el sistema que utiliza JUDILEX para implementar los Planes de Medidas Antifraude?
JUDILEX lleva desarrollando planes de prevención de riesgos penales desde el año 2015 y desde la publicación de la OM 1030/2021 desarrolla también Planes de Medidas Antifraude, que son una especialidad del compliance.
Su sistema de trabajo consiste en efectuar entrevistas a determinados responsables y trabajadoras de la organización, y el análisis de documentación organizativa y económica. En este proceso se recopilan los datos necesarios para detectar cuáles son los riesgos reales y así elaborar un Plan de medidas antifraude ajustado a las necesidades de la organización o empresa. Este proceso tendrá una duración máxima de 60 días.
- ¿Durante cuánto tiempo tienen validez los PMA? ¿Cada año se deben renovar y volver a implementarlos?
El PMA debe revisarse periódicamente, al menos una vez al año. La revisión es se ciñe a la constatación de que se cumplen los requisitos del PMA así como la implementación de mejoras.