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Conferència ICA Tarragona: Els sistemes de control antifrau i l’oficina de control dels Fons Next Generation dintre dels plans d’Integritat pública

25 septiembre, 2024

Conferència ICAT:

Els sistemes de control antifrau i l’oficina de control dels Fons Next Generation dintre dels plans d’Integritat pública

 

En aquesta sessió, explorarem els mecanismes i les estratègies que s’han implementat per garantir la transparència i la integritat en la gestió dels Fons Next Generation EU. Aquests fons representen una oportunitat única per a la recuperació econòmica i la transformació digital i verda de les nostres societats, però també plantegen desafiaments significatius en termes de control i prevenció del frau.

A més, discutirem les millors pràctiques i les eines disponibles per detectar i gestionar els riscos de frau, així com les iniciatives per protegir els denunciants i fomentar una cultura de transparència i responsabilitat en el sector públic.

Ponent: 

  • Sr. Fruitós Richarte i Travesset, exmagistrat, advocat i especialista en compliment normatiu i gestió de fons Next Generation.
  • Sra. Ona Mallafré, advocada experta en compliment normatiu i gestió de fons Next Generation.

Moderació: 

  • Sra. Haidé Costa i Villaró, advocada i presidenta de la Secció de Compliance Penal de l’ICAT.

Inscripció:

  • Advocacia de l’ICAT i alumnat de la URV: Gratuït
  • Professionals de les administracions públiques: Gratuït

Enllaç per fer la Inscripció

Us adjuntem el manual d’instruccions de la plataforma d’EPJ. Per a qualsevol altre dubte, contacteu amb formacio@icatarragona.com

Enllaç a l’article de ICATGN sobre la formació

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Gestión eficaz de los Fondos NEXT GENERATION: Evitando incidentes en auditorías y de cumplimiento

24 septiembre, 2024

JUDILEX, con un equipo de juristas especializadas en cumplimento normativo, asesoramos y creamos las oficinas técnicas de control antifraude para la gestión de contratos financiados por fondos Next Generation.

El manejo adecuado de los fondos Next Generation es esencial para evitar incidentes en auditorías y asegurar el cumplimiento normativo.

Desde nuestro compromiso con la lucha contra la corrupción y el soporte jurídico especializado a las administraciones Públicas, junto con Lefebvre, en el Aula Abierta, te mostramos las claves para una gestión eficiente, enfocándonos en aquellos elementos que deben revisarse y actualizarse periódicamente.

Saber cómo gestionar cada proyecto de manera que toda la documentación necesaria esté en orden, cubriendo los requisitos y evitando cualquier solicitud inesperada o auditoría problemática.

Puedes leer nuestro artículo:

GESTIÓN EFICAZ DE FONDOS NEXT GENERATION: EVITANDO INCIDENTES EN AUDITORÍAS Y DE CUMPLIMIENTO

O bien visionar el Webinar

 

Gestión eficaz de fondos next generation

 

Ponentes:
  • Fruitós Richarte i Travesset, Socio de JUDILEX SL.
  • Ona Mallafré Latorre, Abogada en JUDILEX SL.
  • Marta Castillo, Responsable Editorial en Centinela Lefebvre.
Programa del Webinar:
  • Seguimiento y actualización de PMA: autodiagnóstico.
  • Revisión de los análisis de riesgos.
  • Gestión de proyectos: documentación y análisis clave.
  • Centinela Gestión de Proyectos como la herramienta más adaptada para una gestión adecuada y cumplimiento normativo.

 

 

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FAQs Planes de Medidas Antifraude

13 abril, 2022
  1. ¿Qué son los Planes de Medidas Antifraude? ¿Qué norma los regula?

Son una de las principales obligaciones que deben cumplir las administraciones y las licitadoras para obtener Fondo Europeos Next Generation, según la Orden Ministerial HFP/1030/2021 de 29 de septiembre que configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia (PRTR).

La Orden HFP/1030/2021 establece que “toda entidad, decisora ​​o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR deberá disponer de un Plan de medidas antifraude que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, la detección y la corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.”.

  1. ¿En qué consisten?

Son una especialidad del compliance en los delitos relativos a la Administración Pública, que deben establecer medidas para la detección y control del fraude, la corrupción y el conflicto de intereses.

Tienen que cumplir 7 puntos básicos:

DECLARACIÓN DE INTENCIONES. Mediante un documento de políticas de cumplimiento normativo anticorrupción.

SOLUCIÓN ORGANIZATIVA. El órgano de garantías.

FORMACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN. Periódica y debe ejecutarse en blogs.

DACI.  Implementación de un documento de ausencia de conflicto de intereses.

EVALUACIÓN DEL RIESGO. Mapa de riesgos sobre delitos de cohecho, tráfico de influencias y malversación, entre otros.

RED FLAGS. Establecer las señales de alerta para minimizar el riesgo.

BUSTIA DE DENUNCIAS. Implementar un Buzón conforme Directiva Europea UE/2019/1937.

  1. ¿A qué actividades se destinan los Fondos Europeos Next Generation?

El Mecanismo de Transformación recuperación y Resiliencia, permitirán impulsar inversiones y reformas en los siguientes ámbitos de actuación de importancia europea estructurados en 6 pilares:

  1. Transición ecológica;
  2. Transformación digital;
  3. Crecimiento inteligente, sostenible e integrador, que incluya la cohesión económica, el empleo, la productividad, la investigación, el desarrollo y la innovación, y un mercado interior que funcione correctamente con pymes sólidas;
  4. Cohesión social y territorial;
  5. Salud y resiliencia económica, social e institucional para aumentar la preparación y capacidad de reacción ante crisis;
  6. Políticas para las generaciones futuras, la infancia y la juventud, tales como la educación y el desarrollo de capacidades.
  1. ¿Existen mecanismos de control para detectar si una empresa que accede a los Fondos Europeos no dispone de PMA? ¿Están previstas sanciones?

Si, además de los controles que ponga la administración que gestione los fondos, el sistema se vela desde los propios organismos de la UE a través de la Secretaría General de Fondos Europeos dependerán la Dirección General de Fondos Europeos, la Dirección General del Plan y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y un Gabinete Técnico.

El incumplimiento de los requisitos de acceso puede suponer tener que devolver los fondos y por tanto se tendrán que asumir los costes de esta restitución de fondos así como los intereses y posibles indemnizaciones que se puedan derivar.

  1. Si la actividad de la empresa licitadora no está vinculada a los Fondos Europeos Next Generation, ¿es obligatorio disponer de un Plan de Medidas Antifraude?

No, los PMA son obligatorios para todas aquellas licitaciones s en las que intervengan fondos europeos Next Generation, según lo que determina la OM1030/2021.

  1. ¿Es posible que en una licitación no vinculada a los Fondos Europeos se valore positivamente el hecho de disponer de PMA?

En estos momentos ya nos hemos encontrado con licitaciones que piden un Plan de prevención de riesgos penales o compliance, si bien todavía no es obligatorio, cada vez se ven más pliegos en los que el PMA o el Compliance es un mérito.

  1. ¿Qué administraciones públicas disponen de PMA y cuáles lo exigen a las empresas licitadoras?

Todas aquellas administraciones participen en la ejecución fondos europeos Next generation deben disponer de un plan de medidas antifraude dentro de los primeros 90 días desde que tengan la resolución por las que se les otorgan de los fondos. Todas esas administraciones deberán pedir un PMA a  las licitadoras.

  1. ¿Cuál es el sistema que utiliza JUDILEX para implementar los Planes de Medidas Antifraude?

JUDILEX lleva desarrollando planes de prevención de riesgos penales desde el año 2015 y desde la publicación de la OM 1030/2021 desarrolla también Planes de Medidas Antifraude, que son una especialidad del compliance.

Su sistema de trabajo consiste en efectuar entrevistas a determinados responsables y trabajadoras de la organización, y el análisis de documentación organizativa y económica. En este proceso se recopilan los datos necesarios para detectar cuáles son los riesgos reales y así elaborar un Plan de medidas antifraude ajustado a las necesidades de la organización o empresa. Este proceso tendrá una duración máxima de 60 días.

  1. ¿Durante cuánto tiempo tienen validez los PMA? ¿Cada año se deben renovar y volver a implementarlos?

El PMA debe revisarse periódicamente, al menos una vez al año. La revisión es se ciñe a la constatación de que se cumplen los requisitos del PMA así como la implementación de mejoras.

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Los 7 puntos básicos de un Plan de Medidas Antifraude

6 abril, 2022

Aquí os dejamos los 7 puntos básicos que deberán cumplir las administraciones y empresas licitadoras para obtener fondos NEXT GENERATION según la OM HFP/1030/2021 de planes de transformación recuperación y resiliencia, si tenéis cualquier duda podéis contactarnos aquí compliance@judilex.eu – 930160290

UNO.-  DECLARACIÓN DE INTENCIONES. Mediante un documento de políticas de cumplimiento normativo anticorrupción los órganos de gobierno de la entidad decisora ​​o ejecutora deberán posicionarse en su compromiso de cumplir el plan de medidas antifraude, que incluye la confección/revisión y aprobación de un código ético y código de conducta.

DOS.- SOLUCIÓN ORGANIZATIVA. El órgano de garantías. Se deberá crear un sistema organizativo de vigilancia y control del plan, que vele por el cumplimiento del plan, la formación, la detección de red flags y la mejora continua.

TRES.- FORMACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN. Debe establecerse un plan de formación que debe afectar a la organización al más alto nivel y que debe ser también exhaustivo y obligatorio en relación a las personas más expuestas y aquellas que realicen la gestión de los fondos.  Esta formación debe ser periódica y ejecutarse en bloques.

CUATRO.- DACI. Deberá establecerse como obligatoria la suscripción de una DACI (documento de ausencia de conflicto de intereses) por quienes participen en los procedimientos de ejecución del PRTR (Planes de recuperación, transformación  y resiliencia) la comunicación al superior jerárquico de la existencia de cualquier potencial conflicto de intereses y la adopción por éste de la decisión que, en cada caso, corresponda, es decir, establecer una comunicación y detección del conflicto de intereses.

CINCO.-  EVALUACIÓN DEL RIESGO. Deberá hacerse una evaluación del impacto y probabilidad del riesgo de fraude en los procesos clave, un mapa de riesgos sobre los delitos de cohecho, tráfico de influencias y malversación. Este mapeo debe concluir con una definición de las medidas preventivas para reducir el nivel de riesgo residual de fraude a un nivel aceptable, que comúnmente los expertos en compliance establecemos mediante protocolos. La evaluación deberá gozar de una mejora continua y de una Revisión periódica que podrá ser anual.

SEIS.- RED FLAGS. Asimismo, deberán definirse las señales alerta para que en caso de no conformidad salte este aviso para minimizar el riesgo y definir las medidas correctoras aplicables.

SIETE.- BUZÓN DE DENUNCIAS. Debe establecerse un Buzón de denuncias que debe cumplir con la Directiva Europea UE/2109/1937 que conjugue un sistema informático y un reglamento de procedimiento que garantice los derechos de las personas informantes, así como de las personas denunciadas y que cumpla con todos los requisitos de seguridad y de protección de datos y que en caso de confirmar el fraude o acciones contra los intereses de la unión que permita la denuncia directa a las autoridades públicas nacionales de la UE o ante la Fiscalía o ante los Tribunales competentes.

Si queréis saber más, aquí os dejamos un webbinar del Colegio de la abogacía de Tarragona dónde os explicamos cuatro ideas básicas de qué deben contener esos planes.

Fruitós Richarte  y Haidé Costa

CEO Judilex y Viadenuncia

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Judilex en el Colegio de Abogados de Tarragona

24 marzo, 2016

El pasado día 11 de marzo, junto con el Ilm. Sr. Carlos Almeida, Magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona, presentamos un curso práctico de Compliance penal en el Ilustre Colegio de Abogados de Tarragona. El curso, con más de 70 asistentes inscritos, fue presentado por el Presidente del GAJ Lluís Escoda. En él se expuso una visión práctica del compliance penal, también se analizó la reciente circular 1/2016 de la Fiscalía y la primera sentencia del Tribunal Supremo sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas de 29 de febrero de 2016. Las intervenciónes del Ilm. Sr. Carlos Almeida, del Iltre. Sr. Fruitós Richarte y de la Sra. Haidé Costa se cerraron con una mesa redonda donde pudieron intervenir  todos los asistentes. La actualidad de las ponencias, el aforo y la excelente organización por parte del Ilustre Colegio de Abogados de Tarragona, junto con su gran interés por la divulgación de la nueva cultura del cumplimiento, hicieron que el curso fuera todo un éxito.

Jornadas Compliance ICA TGN

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